Cuando uno decide abrir una empresa, le pone un nombre que trate de
comunicar el “qué hacer” de la empresa o bien una imagen que tenga alguna
relación con ella, otros simplemente eligen una imagen porque les gusta, en
cualquiera de las dos alternativas que se elija, debemos tener claro que esa
imagen es la que nos identificará ante los demás, esto es, si no recuerdan la
marca como tal recordarán la imagen o composición de los colores que decidimos
colocar en nuestro dibujo.
Este
dibujo, distintivo, nombre o combinación será “la marca” por medio de la cual
los clientes nos identificarán, el hecho de que esa marca permita que nos
identifiquen y diferencien, genera una responsabilidad de nuestra parte, esa
responsabilidad es hacer lo posible para que nadie más allá de nosotros utilice
un distintivo igual o similar al nuestro.
El problema
inicia cuando no ponderamos o valoramos de forma adecuada esa protección, como
elemento de reflexión te invito a imaginarte cómo será tu empresa o negocio en
diez años, quiero suponer que te la imaginas con más ventas, mejores
instalaciones, quizá a un familiar directo trabajando en ella; cuando están tú
y tu familia disfrutando de los beneficios de tú trabajo, cuando de repente
alguien toca tu puerta, atiendes y recibes una notificación de otra empresa en
la cual te indica que debes cambiar de nombre o marca, te dan 30 días para
hacerlo, en caso de no hacerlo debes pagar el 30% de todos tus ingresos durante
esos diez años, debido a que has utilizado una marca que es propiedad de ellos.
¿Qué harías?
Bien, a ese
dilema me enfrente en febrero de 1989 cuando un abogado tocó mi puerta y me
entregó un oficio en el cual una compañía de telefonía móvil me indicaba que
debía renunciar a mi nombre comercial o pagarle regalías, como no tenía
registrada mi marca tuve que ceder y cambiar mi nombre o marca comercial, misma
con la que había trabajado desde 1984 y tenía clientes y una facturación
promedio de $300,000 mensuales, en el cambio de nombre perdí muchos clientes.
A partir de
esa fecha tomé conciencia de la importancia de registrar la marca, la pérdida
de clientes y credibilidad ante ellos fue un duro golpe del cual tardé en
reponerme. Esa fue la razón por la cual aprendí el proceso del registro de una
marca, sé la importancia que eso implica y el grado de involucramiento
emocional que ésta tiene con el emprendedor, al no ser abogado
A continuación explicare los diversos tipos de
marcas que podemos registrar ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial ,a
sí como elementos de importancia:
- Marca Nominativa, es cuando sólo se hace el registro del nombre como tal, sin un arte específico o diseño, sólo el nombre como tal, por ejemplo en mi caso: FULCRUM
- Marca Innominativa: Cuando la marca es sólo una imagen, dibujo o trazos, incluye colores y formas definidas, no incluye palabras ni nombres. por ejemplo en mi caso antes eran dos columnas ahora es un triángulo gris acero con difuminado a la izquierda
- Marca Mixta: Es la combinación de las dos anteriores, por ejemplo es la forma en que quedará registrada mi marca ahora que acabo de renovar la imagen
- Desde mi punto de vista siempre
es mejor hacer el registro de marca en forma mixta, esto es que incluya
nombre y forma, la forma desde el punto de vista mercadológico permite
morfolizarla y generar un personaje que permita ser utilizado en
promociones diversas.
- Cualquier cambio realizado a la
marca se debe registrar, y que la marca debe actualizarse cada cinco con
un máximo de diez años, esto impedirá que envejezca.
- Los registros de marca tienen
una vigencia de diez años, al término de los cuales se debe renovar.